Aunque afiliados o no estén dados de suscripción en la Seguridad Social, se considerarán que si lo estarán para poder cobrar la prestación, aunque la empresa no haya cumplido con sus obligaciones respecto a la Seguridad Social. Durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a https://edmundx000qiy9.wikicorrespondence.com/user